Descanso semanal y festivos: tus fines de semana importan
Lo que todo trabajador debe saber sobre sus descansos semanales y la coincidencia con los días festivos según la STS 997/2024
laboral
La Sentencia 997/2024, de 9 de julio, dictada por el Tribunal Supremo, constituye un pronunciamiento especialmente clarificador en materia de descansos. La Sala parte de una idea esencial: “La finalidad del descanso semanal mínimo y del derivado de los días festivos es, pues, la misma, esto es, la de contribuir al descanso”. Desde esa premisa, concluye que cuando ambos coinciden sin compensación se desnaturaliza el derecho, porque el trabajador pierde uno de los períodos de reposo legalmente garantizados.
El Tribunal es tajante al afirmar que, si la empresa no compensa el solapamiento, la práctica “no se ajusta a derecho”, ya que “los trabajadores afectados por el conflicto tienen derecho a disfrutar sus descansos semanales sin que puedan solaparse con los festivos laborales, compensándose, en su caso, los supuestos en que se produzcan dicho solapamiento”. No basta, por tanto, con una correcta planificación formal del calendario; lo determinante es que el descanso sea real y efectivo.
Asimismo, la Sala rechaza que el silencio del acuerdo colectivo sobre la compensación pueda interpretarse como una autorización implícita para absorber el festivo. Antes al contrario, recuerda que la voluntad de mejorar el descanso semanal “es contradictoria con la señalada de permitir que se solapen dos descansos cuya finalidad, precisamente, es la misma”. Con ello, el Supremo consolida una doctrina protectora que impide que la organización empresarial vacíe de contenido el derecho material al descanso reconocido en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores.
Finalmente, la resolución deja claro en su fallo que se declara que no es ajustado a derecho que los días de descanso mínimo semanal se solapen con los 14 días festivos anualmente establecidos, estableciendo así un criterio vinculante para todas las empresas en cuanto a la organización del tiempo de trabajo y el disfrute efectivo del descanso.
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