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ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO EN LEÓN UNEN FUERZAS PARA RECLAMAR DIGNIDAD Y DERECHOS LABORALES

Convocan una reunión informativa, exigiendo regulación jurídica, retribuciones justas y reconocimiento de su labor en la sociedad

turno oficio
25 noviembre, 2023

En León, el 23 de noviembre de 2023, se ha convocado una reunión informativa para el lunes 27 de noviembre de 2023 a las 17:30, organizada por los abogados del Turno de Oficio. El propósito de esta reunión es abordar la situación actual que impacta significativamente a la profesión, relacionada con la gestión y el trato por parte de la administración hacia los abogados y procuradores del Turno de Oficio.

El objetivo de esta reunión es que los profesionales del Turno de Oficio, quienes anualmente brindan sus servicios a miles de personas, puedan discutir una estrategia para enfrentar los desafíos actuales y hacer valer su derecho no solo a la huelga, sino a recibir un trato digno por parte de la Administración.

Esta reunión se ha hecho necesaria, sobre todo teniendo en cuenta los últimos acontecimientos y que los profesionales adscritos al Turno de Oficio de la Delegación del ICAL en Ponferrada están realizando un relevante apoyo a la Huelga General del sector de la Abogacía y la Procura del Turno de Oficio convocada por el sindicato Venia, consiguiendo impacto en los medios, así como reconocimiento del Juez Decano de Ponferrada y suspensiones de juicios.

 

¿QUÉ REIVINDICA OFICIALMENTE LA HUELGA DEL TURNO DE OFICIO?

Desde la información obtenía por este medio de los abogados del turno, esto rescatan las siguientes reivindicaciones:

  • Regulación jurídica del profesional del Turno de Oficio
  • Retribuciones dignas abonadas en tiempo y forma
  • Retribución de la totalidad de las actuaciones realizadas para las que hemos sido designados y de los tiempos de disponibilidad
  • Abono de los costes en los que incurra el profesional al prestar el servicio
  • Ante la denegación definitiva de la AJG es la Administración la que pagará al profesional y reclamará al ciudadano/a, no el profesional designado
  • Actualización anual de las retribuciones conforme a IPC
  • Cotización a la seguridad social con efectos retroactivos.
  • Derecho a la conciliación, descanso y desconexión digital
  • Reducción de la carga burocrática
  • Derecho a la formación gratuita
  • Reconocimiento de la condición de autoridad
  • Campañas de sensibilización para visibilizar y dignificar la profesión

 

¿QUÉ ESTÁ OCURRIENDO ACTUALMENTE EN TODA ESPAÑA?

Actualmente, en toda España, se está llevando a cabo una huelga con un seguimiento masivo, provocando suspensiones de procedimientos del turno de oficio, en todas las provincias. La unidad destacada en esta protesta tiene como objetivo la defensa de una justicia gratuita y digna tanto para los ciudadanos como para los abogados que la proporcionan. Con el fin de evitar una afectación directa en los ciudadanos debido a la situación, el sindicato convocante VENIA ADVOCATORUM UNIO, ha comunicado una serie de servicios mínimos al convocar la huelga. Estos servicios mínimos se mantendrán a lo largo de todo el parón e incluyen:

  • La atención del servicio de guardia al detenido y violencia de género y, en general, todas aquellas actuaciones que afecten o puedan afectar a la libertad de las personas (causa con preso/a, actuaciones sometidas a plazo que puedan causar una pérdida o perjuicio de derechos de carácter irreparable, medidas cautelares o provisionales)
  • La atención a los procedimientos de tutela de derechos fundamentales y libertades públicas previstas en los arts. 177 a 184 LRJS así como los procedimientos para la protección de los derechos fundamentales de las personas previsto en los arts. 114 a 122 de la LRJC-A
  • La asistencia en procedimientos para la adecuada protección de los derechos de las personas especialmente vulnerables, siendo estas las actuaciones procesales en que deba intervenir un menor de edad o una persona con la capacidad modificada judicialmente
¿TIENEN LOS ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO DERECHO A HUELGA?

A pesar de la desinformación y una cantidad importante de informes de toda clase que diferentes organismos están haciendo llegar a la ciudadanía, indicando estudios jurídicos de toda índole que vienen a determinar que dicho derecho no existe. Debemos recalcar que todos estos informes no son vinculantes, ni los organismos que los evacuan tienen competencia al respecto de determinar si los abogados del turno de oficio tienen derecho a la huelga. Estas dudas han sido resueltas por el Ministerio de trabajo – órgano competente para resolver sobre las convocatorias de huelga- en resolución remitida al sindicato VENIA ADVOCATORUM UNIO, que han sido el convocante de la huelga y en el que se viene a indicar que ” De conformidad con lo establecido en el Capítulo I del Título I del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, esta Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social actúa como autoridad laboral, a efectos de registro de las comunicaciones de declaración de huelga, sin que le corresponda realizar calificación alguna respecto del carácter de la huelga, función que corresponde en exclusiva a los órganos jurisdiccionales conforme a lo previsto en la Ley 36/2011, de 1 O de octubre, reguladora de la jurisdicción social.”

Conforme a todo lo cual son los jueces los que deben interpretar si los abogados del turno de oficio tienen derecho a huelga o no en último término. Existiendo en la actualidad una abrumadora cantidad de resoluciones, suspendiendo las vistas y concediendo este derecho a los miembros del turno de oficio que así lo solicitan.