Horas médicas en el sector del Contact Center: la empresa no puede descontarlas sin justificación
Una resolución obtenida por nuestro despacho aplica la doctrina del Tribunal Supremo y recuerda que las empresas no pueden restringir el derecho a las 35 horas retribuidas para acudir a consultas médicas de la Seguridad Social.
laboral
Las horas médicas continúan siendo uno de los conflictos más habituales en el sector del Contact Center. A pesar de que el convenio colectivo reconoce expresamente el derecho a disfrutar de un permiso retribuido para acudir a consultas médicas de la Seguridad Social, algunas empresas siguen practicando descuentos salariales mediante interpretaciones restrictivas del convenio.
Recientemente hemos obtenido una sentencia que estima íntegramente la demanda presentada por nuestro despacho y condena a la empresa a devolver las cantidades descontadas indebidamente a una trabajadora, al entender que no había acreditado que hubiera agotado las 35 horas retribuidas previstas en el artículo 30.2 del III Convenio Colectivo Estatal del sector Contact Center.
¿Qué dice el Tribunal Supremo?
La demanda se fundamentó en la doctrina fijada por el Tribunal Supremo sobre la interpretación de los convenios colectivos, recogida en la STS 496/2024, de 20 de marzo, en la que se recuerda que:
«Atendida la singular naturaleza mixta de los convenios colectivos (contrato con efectos normativos y norma de origen contractual), la interpretación de los mismos debe hacerse utilizando los siguientes criterios: la interpretación literal, atendiendo al sentido literal de sus cláusulas, salvo que sean contrarias a la intención evidente de las partes (…). Y los convenios colectivos deberán ser interpretados en su conjunto, no admitiéndose el «espigueo».»
Esta doctrina tiene una consecuencia clara: cuando el convenio reconoce un derecho de forma expresa, la empresa no puede restringirlo mediante interpretaciones que el propio texto convencional no contempla.
La sentencia obtenida
En el procedimiento defendido por nuestro despacho, la empresa había descontado de la nómina de la trabajadora el tiempo empleado para acudir a dos consultas médicas de la Seguridad Social, pese a que había aportado los justificantes correspondientes.
La Sentencia nº 304/2026, dictada por el Tribunal de Instancia de los social plaza nº 3 de León, estimó íntegramente la demanda al considerar que la empresa no acreditó que la trabajadora hubiera consumido las 35 horas retribuidas previstas en el artículo 30.2 del III Convenio Colectivo Estatal del sector Contact Center, por lo que el descuento salarial carecía de justificación. En consecuencia, condenó a la empresa a reintegrar las cantidades indebidamente descontadas junto con el interés por mora previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.
Esta resolución constituye una nueva aplicación práctica de la doctrina fijada por el Tribunal Supremo sobre la interpretación de los convenios colectivos y refuerza la obligación de las empresas de respetar el contenido del convenio, sin introducir limitaciones que no han sido pactadas por las partes negociadoras.
¿Qué hacer si la empresa te descuenta las horas médicas?
Si trabajas en el sector del Contact Center y la empresa ha descontado de tu nómina el tiempo empleado en acudir a una consulta médica de la Seguridad Social:
- Conserva el justificante de asistencia.
- Comprueba que no has agotado las 35 horas retribuidas previstas en el convenio.
- Revisa tu nómina para verificar si se ha practicado algún descuento.
- Si la deducción no está justificada, puedes reclamar la devolución de las cantidades descontadas.
¿Te han descontado de la nómina las horas empleadas para acudir al médico?
Es posible que ese descuento no sea conforme con el Convenio Colectivo del sector Contact Center ni con la doctrina del Tribunal Supremo.
Ponte en contacto con nosotros en el 658 521 203 o en contacto@jurisred.es. Estudiaremos tu caso de forma personalizada y te ayudaremos a reclamar las cantidades descontadas y a defender tus derechos laborales si el descuento no está justificado.

