Nuevos derechos de información para los trabajadores: qué cambia con la nueva normativa laboral
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que transpone la Directiva (UE) 2019/1152 y refuerza el derecho de las personas trabajadoras a conocer de forma clara y por escrito las condiciones de su relación laboral. La nueva regulación amplía la información que deberá facilitarse sobre cuestiones como el salario, la jornada, las vacaciones, el período de prueba, el convenio colectivo o el uso de sistemas algorítmicos.
contratos
El Gobierno aprobó el 8 de septiembre de 2026 el Real Decreto que transpone al ordenamiento español la normativa europea sobre condiciones laborales transparentes y previsibles. La nueva norma, pendiente todavía de publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), sustituirá al actual Real Decreto 1659/1998, que desarrolla el artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores, relativo al derecho de información de las personas trabajadoras.
Esta nueva regulación supone la transposición al ordenamiento español de la Directiva (UE) 2019/1152, de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea.
¿Qué dice el borrador y qué ha anunciado oficialmente el Gobierno? ¿Cómo afectará a las personas trabajadoras? A continuación, resumimos las principales novedades tomando como referencia el borrador de la norma y la información oficial facilitada por La Moncloa, a la espera de su publicación definitiva en el BOE, que permitirá confirmar el texto final y su entrada en vigor.
1. Los trabajadores tendrán derecho a conocer más información sobre su relación laboral
La nueva normativa amplía el contenido de la información que debe recibir la persona trabajadora, con el objetivo de que conozca de forma clara las condiciones esenciales de su relación laboral.
Entre otros aspectos, tendrá derecho a conocer:
-
La fecha de inicio y, cuando corresponda, la duración del contrato.
-
El puesto, las funciones y la categoría o grupo profesional.
-
El salario base, los complementos y los criterios de cálculo de las retribuciones variables.
-
La duración y distribución de la jornada.
-
Los horarios y turnos.
-
Las horas extraordinarias y su retribución.
-
Las vacaciones y su régimen de disfrute.
-
El período de prueba y sus condiciones.
-
La formación proporcionada por la empresa.
-
El convenio colectivo aplicable.
-
Los procedimientos y plazos relacionados con la extinción del contrato.
-
Las condiciones aplicables cuando el trabajo se desarrolla en el extranjero.
En definitiva, se refuerza el derecho del trabajador a saber qué trabajo va a realizar, cuánto va a cobrar, cuándo va a trabajar y cuáles son las reglas que regulan su relación laboral.
2. Más transparencia sobre el salario y la jornada
La nueva regulación presta especial atención a dos elementos esenciales de cualquier relación laboral: el salario y el tiempo de trabajo.
La persona trabajadora deberá disponer de información sobre la duración y distribución de su jornada, los sistemas de turnos, las horas extraordinarias, los descansos y las vacaciones.
También deberá conocer el salario base y los diferentes complementos, así como los criterios utilizados para calcular las retribuciones variables.
El objetivo es reforzar la previsibilidad de las condiciones de trabajo, especialmente en aquellas relaciones laborales en las que los horarios o la distribución del tiempo de trabajo pueden variar.
3. Derecho a conocer el uso de sistemas algorítmicos
Una de las novedades más destacadas es la incorporación de los sistemas algorítmicos o automatizados de toma de decisiones al derecho de información de los trabajadores.
Cuando estos sistemas puedan utilizarse para determinar o modificar condiciones de trabajo o para adoptar determinadas decisiones que afecten a la relación laboral, la persona trabajadora tendrá derecho a recibir la información prevista en la normativa.
Esta medida adquiere especial importancia ante el creciente uso de herramientas automatizadas para organizar horarios, asignar tareas, evaluar el rendimiento o gestionar otros aspectos de las relaciones laborales.
El objetivo es aumentar la transparencia y permitir que el trabajador conozca cuándo este tipo de herramientas pueden influir en sus condiciones laborales.
4. ¿Qué ocurre con los trabajadores que ya tienen un contrato?
Los nuevos derechos de información no se aplicarán únicamente a las nuevas contrataciones.
Las personas que ya tengan un contrato en vigor y cuya documentación no contenga toda la información exigida podrán solicitar a la empresa que se la facilite.
Según lo previsto en el nuevo Real Decreto, la empresa deberá proporcionar la información solicitada en un plazo máximo de 30 días.
Por ello, una vez que la norma entre en vigor, los trabajadores podrán revisar la documentación de la que disponen y solicitar por escrito aquella información que consideren que falta.
Será recomendable realizar la solicitud por un medio que permita acreditar su presentación y conservar copia de la comunicación realizada.
5. Se crearán modelos oficiales para facilitar el ejercicio de estos derechos
El Real Decreto contempla también la creación de modelos oficiales de documentos que facilitarán el cumplimiento de las nuevas obligaciones de información.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) será el encargado de elaborar y poner a disposición de empresas y trabajadores estos modelos en el plazo previsto por la norma.
En concreto, se contempla:
- Un modelo de documento informativo sobre las condiciones de trabajo, dirigido a empresas y personas trabajadoras, que recogerá la información mínima exigida por la nueva regulación.
- Un modelo de contrato de trabajo de los pescadores, que incluirá la información específica exigida para este colectivo y estará disponible en español e inglés.
Estos modelos serán especialmente útiles para las nuevas contrataciones, pero también podrán servir de referencia para los trabajadores que ya tengan un contrato y necesiten solicitar la información que les falte.
¿Cuándo entrarán en vigor estos nuevos derechos?
El Real Decreto ha sido aprobado por el Consejo de Ministros, pero todavía habrá que esperar a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para conocer el texto definitivo.
Una vez publicado, la norma entrará en vigor a los 20 días de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el texto aprobado.
A partir de ese momento comenzarán a aplicarse los nuevos derechos y obligaciones, así como los plazos previstos para las solicitudes de información de los trabajadores con contratos ya vigentes.
Además, el SEPE dispondrá de 20 días desde la entrada en vigor para publicar los modelos oficiales previstos en el Real Decreto.
Conclusiones
La transposición de la Directiva (UE) 2019/1152 supone un refuerzo importante del derecho de los trabajadores a conocer sus condiciones laborales.
Los principales cambios afectan a la información sobre salario, jornada, vacaciones, período de prueba, formación, convenio colectivo, modificaciones de las condiciones de trabajo y utilización de sistemas algorítmicos.
Los trabajadores que ya tengan un contrato podrán solicitar la información que no figure en su documentación y, conforme al texto aprobado, la empresa dispondrá de un plazo máximo de 30 días para facilitarla.
Además, la creación de modelos oficiales por parte del SEPE permitirá contar con una herramienta práctica para comprobar y solicitar la información exigida.
No obstante, aunque el Real Decreto ya ha sido aprobado por el Consejo de Ministros el 8 de septiembre de 2026, será necesario esperar a su publicación en el BOE para confirmar definitivamente su redacción, la fecha exacta de entrada en vigor y el régimen transitorio aplicable.
Desde Jurisred seguiremos informando de la publicación de la norma y de las novedades que afecten a los derechos de las personas trabajadoras.
Si tienes dudas sobre la información que debe facilitarte tu empresa, quieres solicitar las condiciones de tu relación laboral o necesitas asesoramiento para ejercer tus derechos, ponte en contacto con nosotros en el 658 521 203 o en contacto@jurisred.es. Estudiaremos tu caso de forma personalizada y te ayudaremos a conocer y defender tus derechos laborales.

